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La Justicia declaró nulo el Código de Edificación en CABA que permite construir “microdepartamentos”

10 de mayo de 2024

La jueza Elena Liberatori hizo lugar a una una demanda colectiva contra la Legislatura porteña, en lo que se refiere a las leyes 6.100 y 6.438. 

Un fallo judicial anuló el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vigente desde 2019 y que permite el diseño de “microdepartamentos” de 18 metros cuadrados sin bidet.

La jueza Elena Liberatori, a cargo del  Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tribubario Nº 4, falló a favor de una demanda colectiva iniciada por Eduardo Joly, presidente de Fundación Rumbos, contra la Legislatura porteña, en lo que se refiere a las leyes 6.100 y 6.438. 

“De este modo, sentenció que los derechos de participación ciudadana han sido violados durante el procedimiento de doble lectura requerido para modificar el Código de Edificación, porque no se dio cabal cumplimiento a la Ley de Audiencias Públicas, a la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad”, indicaron desde la Fundación Rumbos. 

El Gobierno porteño anunció que se prepara para apelar el fallo de primera instancia a través de la Procuración y aclaró que las leyes cuestionadas siguen vigentes mientras dure el proceso judicial.

Según la magistrada, “lo que ha ocurrido en el proceso legislativo es lo contrario a lo que establece la Convención, dado que la audiencia pública devino en un mero trámite formal a causa de que los legisladores no dieron ninguna respuesta satisfactoria a los planteos sustanciales formulados por los actores”. 

“Por lo tanto, son los propios legisladores quienes convirtieron a una instancia relevante de participación ciudadana en un decorado, un show, un artilugio para dar por cumplido lo que entendieron como un mero requisito y sacárselo de encima”, agregó la jueza Liberatori.

El código de los microdepartamentos sin bidet

En 2019, la Legislatura porteña aprobó los nuevos códigos, habilitando la construcción de “microdepartamentos” de hasta 18 metros cuadrados, sin contar el baño. 

Además, se quitó la obligatoriedad de que aparezca el bidet en los planos de los desarrolladores inmobiliarios. Hasta la reforma, un monoambiente debía tener por lo menos 29,30 metros cuadrados cubiertos.

Para la Fundación Rumbos, con estos cambios “se profundizó las condiciones materiales y sociales que generan discapacidad; no innova en requerimientos propios de la evolución en la inclusión social de las personas con discapacidad; crea nuevos obstáculos, habilitando la construcción de ambientes expulsivos y abiertamente discriminatorios como son los microdepartamentos y las dimensiones y equipamientos de  baños”. 

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