El ingreso adicional por la reforma en el rebautizado impuesto a los ingresos personales aportaría 0,4% del PBI al Tesoro. Cómo se resolverá la cuestión de la retroactividad, de modo que ningún empleado en relación de dependencia deba “devolver” dinero. Los tiempos para la liquidación y los sueldos alcanzados
La puesta en marcha de las reformas que incluyeron la Ley Bases y el paquete fiscal continuará en las próximas horas con la reglamentación del capítulo que modificó el impuesto a las Ganancias, que desde la sanción de la nueva norma alcanzará a más empleados en relación de dependencia. La recaudación adicional que llegará por la percepción de este tributo será una de las claves para que el Poder Ejecutivo pueda sostener el superávit fiscal en lo que resta del año.
Casi un mes después de aprobada la ley de Bases, el Ministerio de Economía alistaba en las últimas horas el decreto con la letra chica de la reforma de Ganancias, tributo que aportaría cerca de 0,4% del PBI de ingresos que el Gobierno necesita para reforzar la señal fiscal, en un contexto en que el resultado de las cuentas públicas será aún más relevante porque el Tesoro quien pague, desde este lunes, los intereses de las Letras Fiscales que reemplazarán a los pases del Banco Central.
La reglamentación del nuevo formato de Ganancias, creen los tributaritas, deberá despejar algunas dudas puntuales que todavía tienen las empresas, a días del cambio de mes y cerca de la liquidación de sueldos. Para Marcelo Rodríguez la principal cuestión es el “empalme”: la reforma es retroactiva al 1 de enero, por lo que la reglamentación debe precisar de qué manera un empleado que cobró más de $1,8 millones mensuales brutos (el nuevo mínimo) no queda con una deuda ante AFIP.
“La ley contempla que de ninguna forma va a obligar a quien, a partir del 1 de julio, gana un 1,8 millones a pagar por lo que no pagó desde el 1 de enero. La ley contempla que al momento de hacer la liquidación, como estamos en presencia del impuesto anual, eso se va a neutralizar con un incremento del mínimo no imponible”, especificó Rodríguez.
“No es razonable que una medida de este tipo genere una deuda a los empleados que ya cobraron sus remuneraciones y le dieron un destino a las mismas, sobre todo en el contexto económico actual. Para evitar parcialmente esto, el paquete fiscal contempla una deducción especial para que los empleados no deban tributar más de lo que hayan tributado desde el 1 de enero de 2024 hasta el último día del mes inmediato anterior a la vigencia de la reforma por aplicación del impuesto cedular”, coincidió por su parte en un informe reciente Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.
La nueva versión que tendrá Ganancias estuvo marcada, desde el debate parlamentario, por intereses cruzados y presiones políticas y sindicales. Los trabajadores patagónicos y, en particular, los ligados a la actividad petrolera (y los gobernadores de esas provincias) son el caso más claro. De hecho, semanas atrás, ya aprobada la reforma, la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles advirtió con una medida de fuerza que podría poner en peligro el abastecimiento normal de combustibles.
Desde la Federación y sindicatos adheridos alertamos sobre la implementación de medidas a partir del mes de agosto que afectaran el normal funcionamiento de las refinerías y, por ende, el habitual abastecimiento de combustible para todo el país”, señaló la Federación.
Entre las empresas del sector también había inquietud, ya que el hecho de que buena parte de sus empleados pase a pagar Ganancias implicaría una negociación en puerta de reajustes salariales.
Los gobernadores patagónicos también terciaron en el tema. El chubutense Ignacio Torres dio el puntapié inicial al alertar sobre una posible judicialización de la medida, que dejó afuera un esquema diferencial para la zona sur del país, cuyo costo de vida es más alto. “Me preocupa el caso de los médicos, son asimetrías que tienen que ver con un costo de vida mayor. Si bien es cierto que los salarios son mayores no llegan a cubrir ese costo de vida. Puede tener consecuencias graves como que médicos se vayan de las provincias”, había mencionado Torres hace algunas semanas.
Reforma de Ganancias: quiénes pagarán
La versión aprobada llevó el mínimo no imponible a $1.800.000 brutos para los solteros y a $2.200.000 para los casados con hijos. Así, volverán a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores que habían sido eximidos durante la gestión de Alberto Fernández, con alícuotas que van del 5% al 35 por ciento.
Si se trata de un empleado soltero con dos hijos menores a 18 años declarados a su cargo, el salario será alcanzado a partir de un bruto mensual de $2.100.000, que equivale a un neto de 1.781.277,39 pesos. En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, quedará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir, un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.
Además, la actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
La Oficina de Presupuesto del Congreso estimó que el proyecto, tal como se aprobó en Diputados, proporcionará recursos por 0,43% del PBI.